En entrevista con Irradiando, el asesor jurídico del Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS) Roberto Pereira manifestó que la denominada Ley Mordaza sería una herramienta que limitaría la labor periodística y la cual presenta errores de imprecisión conceptual, “actualmente la intimidad de las personas se encuentra ya protegida en el artículo 154 del Código Penal y si ahora se habla al respecto, se debe modificar ese artículo y no el artículo 162. Este error conceptual es el que ha motivado a que finalmente se entregue una norma aprobada que en la práctica va limitar sensiblemente la libertad de expresión”, señaló.
Según Pereira, con la autógrafa aprobada lo que se hace es limitar la posibilidad de difusión válida, y esa posibilidad únicamente la asocian a contenidos delictivos y a contenidos ilegales, “entonces se va a penalizar entre 2 y 4 años la difusión de contenido que está absolutamente legitimado y amparado por la libertad de expresión en tanto tengan interés público”, denunció. Además, el asesor jurídico de IPYS afirmó que “lo que está detrás de esto es el intento de proteger a los políticos de situaciones en donde puedan verse involucrados en conductas antiéticas, en arreglos que están reñidos con las exigencias de la cuestión pública”.
Por otro lado, anunció que de ser aprobada la norma, “la primera posibilidad sería impugnarla en el Tribunal Constitucional, ejercer acción de inconstitucionalidad y
de no solucionar el problema en el Tribunal Constitucional, sin duda está abierta la posibilidad de llevar este caso a los tribunales internacionales, en concreto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, declaró.
Asimismo, exhortó a que se distinga el interés público de la publicidad del público, “el interés público estaba muy vinculado a aquellos asuntos que afectan los intereses generales de la población, a la marcha del Estado, a la manera cómo se maneja el Estado, está asociado a efectos que tienen que ver con el cumplimiento o no de las leyes o de las exigencias propias de un cargo público”. Por ello, dijo que “es importante que los medios de comunicación tengan el mecanismo de autorregulación, libro de estilos, que tengan criterios al interior para entablar cuando existe interés público o no en un caso concreto”.
Finalmente, indicó que todos esos asuntos podrían exonerar responsabilidad penal, eso no se discute, “los parámetros ya está establecidos en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es así como debería funcionar la clausula del interés público” sentenció.